Créditos de Libranza
Definición: Es un crédito que tiene como finalidad proveer de recursos exclusivamente a funcionarios del IFC para libre destinación.
Beneficiarios: Son beneficiarios de esta línea de crédito los funcionarios de la entidad, que figuren en la planta o nómina del Instituto Financiero de Casanare y que tengan mínimo seis (6) meses de vinculación laboral.
Plazos: Se define para esta operación un plazo máximo de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha del desembolso del empréstito.
Tasas de Interés: Se estipula para los créditos de libranza una tasa de interés del uno (1%) mes vencido.
Páginas relacionadas
Acceso Denegado
No tiene permisos para acceder a esta página. Si considera que debería tener acceso, por favor, comuníquese con el administrador del sistema.