Créditos de Fomento
Beneficiarios: Podrá acceder a esta línea de crédito, toda persona natural o jurídica que tenga por objeto el desarrollo de actividades definidas dentro de los sectores: agropecuario, empresarial, turismo, al igual que los proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo del Departamento y que demuestre una experiencia en el sector al menos de tres (3) años.
PARAGRAFO: la experiencia que demuestre el solicitante debe corresponder a la actividad económica principal del solicitante.
Los consorcios y uniones temporales no serán sujetos de acceso a este producto
Destinación: Los recursos que se destinen para acudir a créditos de largo plazo serán destinados a proyectos productivos agropecuarios, empresariales y de turismo, al igual que los proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo del Departamento
Plazos: Se define para esta operación un plazo máximo de setenta y dos (72) meses, contados a partir de la fecha del desembolso del empréstito
Tasas de Interés: Para los créditos comerciales, se tomará la tasa de interés promedio del mercado en el segmento de consumo que es publicada por la Superintendencia Financiera trimestralmente y se le restarán dos (2) puntos porcentuales. Este se cobrará mes vencido, a partir del momento en que el IFC efectué el respectivo desembolso.
Periodos de gracia y/o muertos: Para los créditos de Fomento dependiendo de su línea de inversión y de las condiciones en las cuales se encuentre el cliente se podrá otorgar hasta seis (6) meses de periodo de gracia. En cuanto a periodos muertos estos no se otorgarán.
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